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La Convención Internacional para la Protección de todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas (conocida como "Convención CED" por sus siglas en inglés) es el tratado internacional más importante en la materia. Adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en 2006 y en vigor desde 2010, establece obligaciones vinculantes para los Estados que la han ratificado y crea el Comité contra las Desapariciones Forzadas (CED) como órgano de supervisión.
El rol histórico de FEDEFAM
FEDEFAM desempeñó un papel determinante en el proceso que llevó a la aprobación de esta Convención. Durante más de dos décadas, nuestras organizaciones trabajaron incansablemente para que las Naciones Unidas reconocieran la desaparición forzada como crimen que exigía un tratado universal y vinculante.
Desde que obtuvimos Estatus Consultivo en Categoría II ante el ECOSOC en 1984, utilizamos ese espacio para hacer campaña ante gobiernos, organismos internacionales y opinión pública. Presentamos documentación de casos, promovimos alianzas con otras organizaciones de la sociedad civil y presionamos a los Estados para que apoyaran la Convención.
El liderazgo de Marta Vásquez, integrante de Madres de Plaza de Mayo Línea Fundadora y presidenta de FEDEFAM, fue crucial en este proceso. Su trabajo en las instancias de la ONU durante años fue reconocido por el propio Consejo de Derechos Humanos, que le dedicó la Convención en el momento de su adopción.
Qué establece la Convención
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Define el crimen de desaparición forzada y lo prohíbe de manera absoluta. Ninguna circunstancia excepcional lo justifica.
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Lo tipifica como crimen de lesa humanidad cuando se practica de forma sistemática o generalizada.
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Establece la obligación de los Estados de investigar, juzgar y sancionar a los responsables.
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Reconoce el derecho a la verdad de las víctimas y sus familias.
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Prohíbe las detenciones secretas y establece la obligación de mantener registros oficiales de personas detenidas.
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Protege especialmente a niños y niñas víctimas de desaparición o cuyo origen fue ocultado como consecuencia de la desaparición de sus padres.
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Crea mecanismos de vigilancia: el Comité CED, que supervisa el cumplimiento de los Estados, recibe Acciones Urgentes y Comunicaciones Individuales.
Los mecanismos del Comité CED
Acciones Urgentes: Cuando existe riesgo para la vida o la integridad de una persona desaparecida recientemente, el Comité puede solicitar al Estado que tome medidas inmediatas de búsqueda. Pueden presentarlas los familiares, sus representantes o cualquier persona con interés legítimo, incluso sin haber agotado los recursos internos.
Comunicaciones Individuales: Las víctimas o sus representantes pueden denunciar violaciones a la Convención por parte de un Estado que la haya ratificado, una vez agotados los recursos internos disponibles o demostrada su ineficacia.
Revisión de Informes: Los Estados partes deben presentar informes periódicos al Comité sobre las medidas adoptadas para cumplir la Convención.
¿Tu país ha ratificado la Convención?
La Convención ha sido ratificada por 76 países en el mundo (datos a 2025). En América Latina, la han ratificado Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, Cuba, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Honduras, México, Panamá, Paraguay, Perú y Uruguay, entre otros. Países que aún no la han ratificado no pueden beneficiarse de los mecanismos del Comité CED, aunque sí pueden acceder al Grupo de Trabajo sobre Desapariciones Forzadas o Involuntarias (GTDFI), que es independiente de la Convención.
Nuestra campaña activa
FEDEFAM sigue haciendo campaña para que todos los Estados del mundo ratifiquen la Convención y la implementen de forma efectiva. Eso incluye:
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Presión ante gobiernos que aún no la han ratificado.
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Monitoreo de la implementación en países que ya son parte.
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Formación a familias y organizaciones sobre cómo usar los mecanismos de la Convención.
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Difusión de la cartilla "La Convención: Nuestra Herramienta", elaborada con motivo del 20.° aniversario de la Convención.
→ Accede al texto completo de la Convención en la web de la ONU