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¿Qué hacer ante una desaparición forzada?

Cuando una persona es detenida por agentes estatales o paramilitares y las autoridades correspondientes se niegan a compartir información de su paradero, o iniciar la búsqueda correspondiente, podes activar una serie de mecanismos a nivel local, regional e internacional para catalizar dicha búsqueda.
En esta sección, te compartimos más información sobre cómo actuar ante una desaparición forzada.
Actuar rápidamente a nivel local
Puedes acudir a una comisaría, fiscalía o autoridad competente para realizar una denuncia inmediata por desaparición. Es importante que se levante un acta por desaparición forzada y no como “persona extraviada".
También es importante recolectar pruebas y testimonios, documentando las últimas actividades de la persona desaparecida: nombres de testigos, llamadas, mensajes, locaciones, eventos donde haya concurrido y si fuera el caso, pruebas de posibles implicaciones de autoridades o grupos criminales.
Solicita un habeas corpus
Presenta ante un juez un Habeas Corpus. Puedes hacerlo si eres familiar, amigo o persona interesada en la persona desaparecida. Este es un recurso judicial urgente que obliga a las autoridades correspondientes a informar si tienen detenida a la persona.
Contacta a organizaciones locales, acércate a colectivos de derechos humanos y organizaciones de familiares de detenidos-desaparecidos que podrán acompañarte legal y psicológicamente.
Elevar una Acción Urgente al Comité contra la Desaparición Forzada
La ONU (Organización de las Naciones Unidas), a través del Comité contra las Desapariciones Forzadas (CED), recibe Acciones Urgentes para exigir que el Estado busque de forma inmediata a la persona desaparecida. Cabe destacar que esto es posible si tu país es un estado parte que ha firmado o ratificado la Convención Internacional para la Protección de todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas (más información en la próxima sección).
Cualquier familiar o abogado puede presentar una Acción Urgente, inclusive si aún no has agotado los recursos locales en tu comunidad o país de origen.
¿Cómo se presenta?
Descarga y completa el formulario oficial de Acción Urgente del CED en este link.
Incluye toda la información relevante:
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Datos personales de la persona desaparecida
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Lugar y fecha de desaparición
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Acciones tomadas a nivel nacional
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Pruebas o testimonios disponibles
Envía el formulario por email a: urgent-action@ohchr.org
¿Qué sucede luego de enviar una acción urgente?
El CED puede emitir solicitudes inmediatas al Estado para que tome medidas concretas y se localice a la persona desaparecida.
Además del CED, existen otros mecanismos:
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Grupo de Trabajo sobre Desapariciones Forzadas o Involuntarias (GTDFI): Puedes enviar casos individuales directamente, incluso si ocurrieron hace muchos años.
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Comité de Derechos Humanos (CDH): Si tu país ha ratificado el Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, puedes presentar una comunicación individual.
Comunicaciones Individuales
Si tu país ha firmado y ratificado la Convención Internacional para la Protección de todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas, puedes presentar una denuncia, lo que también se conoce como comunicación individual.
Las comunicaciones individuales pueden ser presentadas al Comité si la desaparición ocurrió luego de 2010 en adelante, ya que este es el año que la Convención entró en vigencia. Si la desaparición forzada que necesitas denunciar ocurrió antes del 2010, puedes comunicarte con el Grupo de Trabajo contra la Desaparición Forzada de Naciones Unidas.
Antes de presentar una Comunicación Individual, la misma debe cumplir con el siguientes condiciones estipuladas en el sitio web de las Naciones Unidas:
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La comunicación no debe ser anónima, no debe constituir y no debe tener por objeto la difusión de ideas agresivas contra una institución o una persona. Tampoco debe ser incompatible con las cláusulas de la Convención (es decir, que el objeto de la denuncia debe corresponderse con los asuntos que competen a la Convención, en este caso, una desaparición forzada).
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La desaparición denunciada no debe estar siendo revisada por otro organismo internacional que investigue casos similares, como el Comité de Derechos Humanos, el Comité contra la Tortura o mecanismos regionales de derechos humanos (por ejemplo, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, la Corte Europea de Derechos Humanos o la Comisión Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos). Sin embargo, sí se pueden presentar denuncias ante el Procedimiento de Denuncias del Consejo de Derechos Humanos, los Relatores Especiales o los Grupos de Trabajo, porque estas instancias no se consideran procedimientos de investigación del mismo tipo.
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Antes de presentar una Comunicación Individual al CED, la familia, abogados, o parte interesada de la víctima debe haber intentado todas las opciones legales disponibles en su país: eso significa haber llevado el caso hasta las instancias más altas que la ley les permita. Si no se han usado estos recursos antes de acudir al Comité, hay que demostrar que el proceso en el país en cuestión tomaría demasiado tiempo, que sería ineficaz o inaccesible. No bastaría, en este caso, decir que el sistema no funciona: el CED necesita ejemplos concretos, pruebas o casos similares que respalden esta afirmación.
Las comunicaciones individuales se deben presentar completando un formulario online en la web de Naciones Unidas.
Presenta una denuncia ante el Grupo de Trabajo sobre Desapariciones Forzadas o Involuntarias
Para presentar una denuncia ante el Grupo de Trabajo sobre Desaparición Forzada o Detención Involuntaria sobre una desaparición ocurrida antes del año 2006, es fundamental recopilar toda la información disponible sobre el caso, incluyendo datos específicos sobre la persona desaparecida o detenida, las circunstancias del hecho, fechas y lugares. La comunicación debe ser clara, detallada y acompañada de toda la documentación y evidencia que respalde la denuncia.
La denuncia puede ser presentada por familiares, organizaciones de derechos humanos o representantes legales. Una vez recibida, el Grupo de Trabajo analiza la información y puede enviar comunicaciones urgentes a los Estados involucrados solicitando información, además de hacer recomendaciones para la búsqueda y protección de la persona desaparecida o detenida.
Acudir a la a Comisión Interamericana de Derechos humanos
Ante la desaparición forzada de una persona, puedes elevar una medida cautelar a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.
Las medidas cautelares son un mecanismo de protección de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Al otorgar una medida cautelar, la CIDH le solicita al Estado que tome las medidas correspondientes para garantizar los derechos de la persona desaparecida.
Para que la CIDH dicte una medida cautelar es necesario que la situación sea considerada grave, urgente e irreparable, es decir,el riesgo puede causar un daño irreparable que hace necesario solicitar al Estado protección.